Tribunal que no condenó a Martín Ríos
Martín Ríos, el asesino de Alfredo Marcenac no fue a la cárcel. Para el Tribunal Oral 12 de Capital, no es imputable
Los jueces Ana Dieta de Herrero, Carlos Bruno y Alfredo Rizzo integran el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) número 12 de Capital y son los que declararon inimputable a Martín Ríos, el hombre que asesino al necochense Alfredo Marcenac en 2006.
Durante el juicio nadie cuestionó la autoría del hecho, como tampoco las heridas que provocó Ríos a otros jóvenes durante el ataque a tiros en medio de la calle, o las otras agresiones de similares características de la que fue protagonista contra un colectivo, un tren, y un bar. No existieron más muertes sólo por casualidad.
Estos magistrados se suman a los tantos que en los últimos tiempos dejan más dudas que certezas en sus fallos. Sólo tuvieron en cuenta dichos de médicos y dejaron de lado otras pericias, oficiales y de parte, de profesionales de la psquiatría, psicólogos, pruebas irrefutables aportadas durante la investigación, el entorno en el que se cometieron los casos que le imputaron a Ríos, y se limitaron a los dichos de médicos para determinar que “el tirador de Belgrano”, como lo llaman, “no es imputable”. Eso sí, el Tribunal dispuso como medida de seguridad “su internación inmediata en
El fiscal Carlos Giménez Bauer fue claro en su acusación al señalar que Ríos padece un trastorno de la personalidad, pero “esa patología no lo hace inimputable” y solicitó la pena de reclusión perpetua o, en caso de que fuera declarado inimputable (como ocurrió), que permanezca de por vida en un neuropsiquiátrico.
El homicidio de Freddy
Martín Ríos llegó a juicio acusado de homicidio de Alfredo Marcenac, joven necochense que contaba 18 años de edad. Alrededor de las 16.45, el de 6 de julio de 2006, “el tirador de Belgrano” caminó por avenida Cabildo, desde calle
También pesó sobre la espalda de Ríos la responsabilidad del ataque al tren de la ex línea Mitre. A las 23,45 del 16 de junio de 2006, cuando disparó su arma de fuego en 16 oportunidades.
El 2 de marzo del mismo año, a las 17, fue observado cuando detuvo su bicicleta en Juramento y avenida Cramer, extrajo la pistola y sin ningún motivo disparó contra la fachada del bar “Balcarce” poniendo en peligro de muerte a Stella Maris Modesto, que alcanzó a correr y evitó ser lesionada. No conforme, Ríos siguió disparando penetrando una de las balas en la pierna de Ana Sanabria Sangiao, quien se encontraba junto a su novio Mariano Andrés García Tejera..
Otro caso que se le atribuyó a Ríos fue el ocurrido el 19 de junio de
En todos los casos, “el tirador de Belgrano” planificó sus ataques, pero también las vías de escape.
Ríos fue detenido el 14 de julio de 2006 en la localidad bonaerense de Munro, partido de Vicente López, cuando portaba la pistola con la que ocho días antes había cometido el crimen de Marcenac.
Algunos informes que el Tribunal no tuvo en cuenta
Algunos informes que los jueces Dieta de Herrero, Bruno y Rizzo no tuvieron en cuenta:
* "Psquicamente lúcido, orientado en tiempo y espacio, coherente en sus expresiones, sin alteración de la atención y la memoria, juicio y razonamiento conservados, con conciencia de conducta y acto, capaz de discernir sobre sus actos” Dr. Romero.
*"Sabe que es acusado de delito grave, que puede utilizar la declaración para defenderse y que también puede negarse a declarar y/o hacerlo como entienda que mejor le conviene”. Dr. Risso – Lic. Mohito.
* "El interno es manipulador y reticente a colaborar para esclarecer su conducta delictiva y perfil criminológico”. Prefecto Gassini
* "Refiere alucinaciones visuales que no estructuran un delirio franco, se niega a responder sobre ellas”. Dra. Fonrouge.
*"Prorrogar aislamiento (…) conllevaría deterioro de salud. Alojarlo en un sector colectivo sería improcedente porque no hay determinación de cuadro patológico de parte de médicos forenses que habilite el procedimiento”. Alcalde Ayala.
* "Denota esfuerzo por ser incoherente”. Lic. Fonrouge.
* "de la lectura de los autos y en especial de los elementos obrantes en los legajos de salud, no se describen con se describen conductas emergentes de tono patológicos”… “… no se detectaron desajustes de índole psicótica… y no se evidencian elementos que den cuenta de defecto residual y/o deterioro”… “… del análisis del material efectuado y de la posterior lectura de las presentes actuaciones, no se observan elementos que contradigan la posibilidad de que, al momento de cometer el hecho, no haya podido entender…”. Informe psicológico del Cuerpo Médico Forense.
“La impericia de los médicos pesa más tiene más peso que la palabra de
“Recordemos bien los nombres de los integrantes de este tribunal, ellos van a ser los responsables en el futuro de lo que pase con Martín Ríos. Seguro van a decir que ya está compensado y lo van a dejar en libertad”, añadió.
Mientras tanto, “el tirador de Belgrano” dejó de ser un ignoto personaje y encontró lo que aparentemente tanto buscaba: notoriedad.
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